1.1 Salud sexual
1.1.1 Conceptualización salud sexual
La sexualidad está conformada por los elementos biológicos, es decir, el sexo; los psicológicos, como es el sentirse y pensarse como hombre o mujer; y los sociales, que hacen referencia al comportamiento que establece la sociedad para cada sexo. Entonces se puede entender por sexualidad a la forma en la que cada ser humano se manifiesta como hombre o como mujer, de acuerdo a las normas y valores propios de su cultura y de su época.
1.1.1 Conceptualización salud sexual
La sexualidad está conformada por los elementos biológicos, es decir, el sexo; los psicológicos, como es el sentirse y pensarse como hombre o mujer; y los sociales, que hacen referencia al comportamiento que establece la sociedad para cada sexo. Entonces se puede entender por sexualidad a la forma en la que cada ser humano se manifiesta como hombre o como mujer, de acuerdo a las normas y valores propios de su cultura y de su época.
Así pues, los seres humanos en todas sus acciones manifiestan su sexualidad, desde la forma de vestir, hablar, caminar, etcétera, hasta en aquéllas en que se demuestran los afectos, las relaciones con los demás y la búsqueda de la intimidad y del placer. Al igual que con la palabra sexo, en muchas ocasiones el término sexualidad se ha usado para referirse sólo a las actividades que tienen que ver con el placer sexual; sin embargo, como ya se mencionó, la sexualidad forma parte de cualquier expresión humana, ya sea con búsqueda de placer sexual o sin ella.
La sexualidad se va modificando en cada etapa de la vida del individuo, y está básicamente determinada por el aprendizaje adquirido en el medio que le rodea. Es por eso que de una edad a otra los intereses sexuales van cambiando, coincidiendo generalmente con los cambios corporales. La sexualidad al irse construyendo ofrece la posibilidad de modificarse para permitir un mejor desarrollo del ser humano.
La sexualidad está conformada por los elementos biológicos, es decir, el sexo; los psicológicos, como es el sentirse y pensarse como hombre o mujer; y los sociales, que hacen referencia al comportamiento que establece la sociedad para cada sexo. Entonces se puede entender por sexualidad a la forma en la que cada ser humano se manifiesta como hombre o como mujer, de acuerdo a las normas y valores propios de su cultura y de su época.
Así pues, los seres humanos en todas sus acciones manifiestan su sexualidad, desde la forma de vestir, hablar, caminar, etcétera, hasta en aquéllas en que se demuestran los afectos, las relaciones con los demás y la búsqueda de la intimidad y del placer. Al igual que con la palabra sexo, en muchas ocasiones el término sexualidad se ha usado para referirse sólo a las actividades que tienen que ver con el placer sexual; sin embargo, como ya se mencionó, la sexualidad forma parte de cualquier expresión humana, ya sea con búsqueda de placer sexual o sin ella.
La sexualidad se va modificando en cada etapa de la vida del individuo, y está básicamente determinada por el aprendizaje adquirido en el medio que le rodea. Es por eso que de una edad a otra los intereses sexuales van cambiando, coincidiendo generalmente con los cambios corporales. La sexualidad al irse construyendo ofrece la posibilidad de modificarse para permitir un mejor desarrollo del ser humano.
¿Qué es sexo?
Según el diccionario* sexo se define como la “...propiedad según la cual pueden clasificarse los organismos de acuerdo con sus funciones reproductivas”. También la definición de la Real Academia**, refiere al sexo como la “condición orgánica que distingue al macho de la hembra, en los animales y en las plantas”.
Estrictamente hablando, el sexo es el conjunto de características biológicas que diferencian al macho de la hembra y que al complementarse tienen la posibilidad de la reproducción.
Estas características biológicas no se refieren sólo a los órganos sexuales, sino también a diferencias en el funcionamiento de nuestros cuerpos.
Precisamente, las diferencias de los organismos del hombre y la mujer, son las que permiten que, al unirse sus células sexuales, exista la posibilidad de la reproducción.
*Guido Gómez de Silva, Breve diccionario etimológico de la lengua española, FCE y El Colegio de México, 1988.
** Diccionario de la lengua española, Madrid, 1970.
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| «¿Qué es sexualidad? y ¿Qué es sexo?», en Sexualidad, información básica para adolescentes, México, 1990, 4ª edición, Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), Consejo Nacional de Población (CONAPO). |
1.2 Leyes sobre aspectos sexualesDISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
Los siguientes principios reconocidos por el Estado son rectores para la interpretación y aplicación de la presente ley:
a. Reconocimiento y Adopción de mecanismos eficaces para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales, fomentando y protegiendo el libre desarrollo de las personas en relación con su salud sexual y su salud reproductiva;
b. Igualdad de derechos de hombres y mujeres, quedando desvirtuado cualquier tipo de discriminación;
c. Prevención y sanción de todas las formas de abuso y violencia sexual, resguardando el debido respeto a los derechos de las personas afectadas; y,
d. Respeto a la opción de las personas, a sus convicciones y sus decisiones respecto al libre ejercicio de su sexualidad.
Artículo 2.
La presente ley tiene por objeto:
a. Contribuir al desarrollo pleno de las personas a través del respeto, reconocimiento y protección de los derechos sexuales y reproductivos, en condiciones de igualdad y de equidad de hombres y mujeres;
b. Garantizar a la población la atención más elevada en su salud sexual y reproductiva con el fin de que pueda adoptar decisiones responsables, libres de discriminación, coacciones o violencia;
c. Fomentar la salud sexual de la población y prevenir las infecciones de transmisión sexual, en especial del VIH-SIDA, e infecciones de transmisión materno-perinatal;
d. Organizar la prestación de servicios de salud de tal forma a orientar la planificación familiar, el control de la fecundidad, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y de transmisión materno-perinatal, la detección precoz de enfermedades de patología genito mamarias así como su efectivo tratamiento;
e. Reducir la morbilidad y mortalidad materno – infantil;
f. Potenciar la participación tanto del hombre como de la mujer, en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable;
g. Evitar los embarazos no deseados y/o de alto riesgo, mediante medidas de prevención basadas en la información y educación;
h. Fomentar la maternidad y paternidad responsables;
i. Propiciar espacios de discusión y concientización respecto a la salud sexual y reproductiva a la población y en especial a los jóvenes y adolescentes;
j. Garantizar a la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y reproducción responsable;
k. Promover y auspiciar la investigación en materia de salud sexual, salud reproductiva y salud materno perinatal así como la adecuada difusión a todos los sectores de la población;
l. Reducir la violencia y el abuso sexual de mujeres, niños y minorías sexuales.
Artículo 3.
Se reconoce el derecho de todas las personas a la educación, información y al acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva; por lo que esta ley beneficia a la población en general sin discriminación, adoptando para su aplicación los mecanismos necesarios para su eficaz implementación.
Se tendrá especial atención en el diseño de mecanismos para la difusión entre los adolescentes, la población en edad fértil y los grupos en situación de desventaja tales como las personas privadas de su libertad o aquellas en situación de riesgo de contraer enfermedades infecto contagiosas o transmisibles o de desarrollar patología genito mamarias.
Artículo 4.
Para los fines de la presente ley se entenderá por salud sexual el bienestar físico, psicológico y cultural en lo referente a la sexualidad como elemento del desarrollo pleno del ser humano, bajo los principios de libertad, igualdad y respeto en su ejercicio.
Artículo 5.
Se entenderá por salud reproductiva el libre y sano ejercicio de la vida sexual con libertad plena para procrear o no, cuando y con qué frecuencia, conociendo y optando por los métodos adecuados para implementar las decisiones personales realizadas, recomendados por personal médico capacitado y acordes a las convicciones, estado físico y psicológico de las personas.
CAPÍTULO II
De la Protección a la Salud Sexual y la Salud Reproductiva
Artículo 6.
Queda reconocido como derecho a la salud sexual, la realización plena de la sexualidad personal comprendida dentro de los principios de derecho a la autonomía e integridad; derecho a la privacidad y derecho a la libre opción sexual.
Queda abolida cualquier práctica que implique discriminación por razón del sexo, o de las preferencias sexuales.
Artículo 7.
La atención a la población se implementará reforzando la calidad y cobertura de los servicios abocados a la salud sexual y reproductiva, para lo cual los centros prestadores de servicios a la salud deberán:
a. Establecer un adecuado sistema de control de salud para la detección temprana de las enfermedades de transmisión sexual y patologías genito mamarias;
b. Realizar diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, de las enfermedades y patologías mencionadas en el inciso anterior;
c. Información y asesoramiento sobre los métodos anticonceptivos disponibles, su efectividad, sus contraindicaciones, sus efectos secundarios, ventajas y desventajas, y su adecuada utilización;
d. A pedido de los usuarios y sobre la base de estudios previos y permanentemente actualizados, prescribir y suministrar los métodos y elementos anticonceptivos acordes a cada situación, salvo contraindicación médica específica y respetando los criterios o convicciones de los destinatarios;
e. Efectuar controles previos, periódicos y posteriores a la recomendación y utilización del método anticonceptivo elegido y aplicado;
f. Efectivizar la orientación de las demandas referidas a infertilidad y esterilidad;
g. Diseñar programas de tratamiento integral de todas las afecciones relacionadas con la sexualidad y la reproducción, tales como disfunciones sexuales, infecciones de transmisión sexual, afecciones del aparato reproductor, complicaciones de la gestación y del parto e infertilidad, en sus aspectos físicos, psíquicos y sociales; y,
h. Prestar servicios oportunos, eficientes, adecuados y gratuitos para la atención de la salud, que permitan el ejercicio y disfrute pleno de la salud sexual; y la atención de disfunciones sexuales, infecciones de transmisión sexual, infecciones materno perinatal, afecciones del aparato reproductor, e infertilidad, en sus aspectos físicos, psíquicos y sociales.
Artículo 8.
La prescripción de cualquier método anticonceptivo requiere el libre consentimiento de la usuaria/o.
En caso de elección de métodos quirúrgicos e irreversibles de anticoncepción, será necesario información y asesoramiento, que asegure el estado de plena conciencia, y el conocimiento de los alcances, y las consecuencias de esta elección.
En estos casos será obligatorio el consentimiento escrito de la paciente que deberá ser mayor de edad. En casos de incapacidad, el consentimiento podrá ser del representante legal, que deberá contar con venia judicial.
Artículo 9.
El suministro y/o colocación de anticonceptivos serán de carácter gratuitos cuando el usuario no pueda sufragar su costo.
Los centros prestadores de servicios a la salud suministrarán tratamientos de fertilidad, seguros y eficaces, sin discriminación por razones de edad, sexo o condición económica. El tratamiento será gratuito cuando el/la usuario/a no pueda sufragar su costo.
CAPÍTULO III
De la Protección a la Salud materno perinatal
Artículo 10.
Se deberá realizar un chequeo médico a la mujer embarazada en su primera consulta, realizando todos los exámenes y análisis recomendados de tal forma a descartar cualquier tipo de anomalía o encaminadas a detectar precozmente cualquier complicación producto del estado de salud general de la madre, o de las condiciones generales del embarazo.
Artículo 11.
Tanto la mujer embarazada como el feto en gestación deberán recibir asistencia especializada en caso de detectarse alguna complicación o enfermedad durante el embarazo, debiéndosele informar sobre los riesgos de la anomalía o enfermedad, de tal forma a planificar estrategias especiales de prevención según la enfermedad presentada, incluida la prevención de transmisión vertical.
Artículo 12.
Durante el embarazo, el parto y el post parto, la mujer tiene derecho a:
a.) Una atención integral y personalizada, en base al respeto de su persona y su cultura, así como a la protección de su intimidad;
b.) Información detallada sobre las condiciones necesarias para llevar un embarazo saludable, sobre los beneficios del parto natural e información sobre los beneficios de la lactancia materna recibiendo apoyo para amamantar;
c) Explicaciones claras y precisas sobre la evolución de su estado como la de su hijo/a, así como a decidir libremente sobre las alternativas según la situación que se presente;
e.) No ser objeto de experimentación o investigación;
f.) Estar acompañada por la persona que ella designe en el transcurso del trabajo de parto y el momento del nacimiento, como así también en la internación;
h) Conservar a su lado a su hijo/a durante la permanencia en el centro de salud, salvo que por prescripción médica la criatura necesite cuidados especiales;
i.) Información sobre los cuidados que debe brindarse a sí misma y a su hijo/a, desde los cuidados básicos como el programa ideal de vacunación; y,
j.) No ser dada de alta del centro de asistencia médica, cuando exista riesgo sobre su salud o la de su hijo/a.
Artículo 13.
La persona recién nacida tendrá derecho a:
a. Una atención integral y personalizada, que incluya una identificación plena;
b. Permanecer al lado de su madre siempre que por mejor criterio médico no necesite cuidados especiales que hagan indispensable su traslado; y
c. Ser amamantado por su madre desde el primer momento.
CAPÍTULO IV
De los Centros Asistenciales de Salud
Artículo 14.
A más de lo estipulado en los artículos precedentes, el personal de los establecimientos médicos deberá informar obligatoriamente a las personas que recurran a ellos de todos los derechos que esta ley les concede.
En la prestación de estos servicios se tendrá en cuenta la primacía del respeto a la dignidad de la persona humana, la aplicación de los principios de la ética médica y las condiciones diferenciales de mujeres y hombres en cuanto a su salud sexual y reproductiva.
Artículo 15.
Los servicios de salud, tanto del sistema público como del privado, incorporarán a sus coberturas las disposiciones de esta ley en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones.
Artículo 16.
El Instituto de Previsión Social (I.P.S.) dotará dentro del centro de suministro de medicamentos e insumos, anticonceptivos suficientes en sus diversas variedades, que otorgará de manera gratuita a los asegurados que lo requieran, quedando sus funcionarios especialmente obligados a las disposiciones de esta ley.
Los funcionarios del Instituto facilitarán las orientaciones referentes tanto al uso como a la adecuada provisión de los anticonceptivos adecuados y prescriptos para cada asegurado en particular, de manera personalizada y clara.
Artículo 17.
Los centros asistenciales públicos de salud brindarán capacitación permanente en salud sexual y reproductiva con perspectiva de género al personal encargado de la prestación de dichos servicios.
CAPÍTULO V
De la Educación, Formación y Difusión
Artículo 18.
Las autoridades competentes deberán coordinar y aunar esfuerzos tendientes a lograr el pleno ejercicio del derecho a la información sexual basada en el conocimiento científico, así como el derecho a la educación sexual integral, con herramientas especialmente diseñadas según el grupo humano a quien se destine, en razón a la edad y formación, con especial hincapié en aquellos dirigidos a la parte de la población en edad fértil y a los grupos con mayores riesgos de contraer enfermedades infecto contagiosas o transmisibles o de desarrollar patologías genito mamarias.
Artículo 19.
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura y las Municipalidades tendrán a su cargo la capacitación y formación de agentes aptos para:
a. ) Diseñar e implementar políticas públicas de educación sexual y reproducción responsable en la comunidad educativa y barrial;
b. ) Promover la inclusión curricular de las mencionadas políticas y del contenido del presente Programa en los centros educativos públicos y privados, asimismo, se fomentará la educación y capacitación orientadora en salud sexual y reproductiva al personal docente;
c. ) Fortalecer y mejorar los recursos barriales y comunitarios a fin de educar, asesorar y cubrir todos los niveles de prevención de enfermedades de transmisión sexual, en especial del VIH / SIDA y las patologías genito mamarias; y,
d. ) Brindar especial contención, en cuanto a información, prevención y tratamiento, tanto a los grupos con mayores riesgos de contraer las enfermedades como a los de desarrollar las patologías mencionadas en el inciso anterior.
Artículo 20.
Las políticas públicas mencionadas en los incisos a y b del artículo anterior, deberán incluir los siguientes contenidos:
a. ) Información sobre prevención de enfermedades de transmisión sexual en especial del VIH / SIDA;
b. ) Información completa y adecuada sobre métodos anticonceptivos, su efectividad y contraindicaciones, así como su correcta utilización para cada caso particular;
c. ) Información sobre la detección precoz de las enfermedades de transmisión sexual y de las patologías genito mamarias;
d. ) Equidad de género;
e. ) Conducta sexual responsable de hombres y mujeres; y,
f. ) Prevención del maltrato y de la violencia contra las mujeres, niños y niñas.
CAPÍTULO VI
Disposiciones finales
Artículo 21.
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social velará por el cumplimiento efectivo de las disposiciones de la presente ley, debiendo contemplar la distribución de recursos con criterios de equidad.
En los casos que lo requieran deberá tomar en cuenta, respecto a la distribución de recursos, los indicadores de número de nacidos vivos, mortalidad infantil y necesidades básicas insatisfechas de cada región.
Artículo 22.
El gasto que demande el cumplimiento del programa para el sector público se imputará al Ministerio de Salud Público y Bienestar Social, del Presupuesto General de Gastos de la Nación.
Artículo 23.
El incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley, será considerado falta grave a los fines sancionatorios, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder.
Artículo 24.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Artículo 1.
Los siguientes principios reconocidos por el Estado son rectores para la interpretación y aplicación de la presente ley:
a. Reconocimiento y Adopción de mecanismos eficaces para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales, fomentando y protegiendo el libre desarrollo de las personas en relación con su salud sexual y su salud reproductiva;
b. Igualdad de derechos de hombres y mujeres, quedando desvirtuado cualquier tipo de discriminación;
c. Prevención y sanción de todas las formas de abuso y violencia sexual, resguardando el debido respeto a los derechos de las personas afectadas; y,
d. Respeto a la opción de las personas, a sus convicciones y sus decisiones respecto al libre ejercicio de su sexualidad.
Artículo 2.
La presente ley tiene por objeto:
a. Contribuir al desarrollo pleno de las personas a través del respeto, reconocimiento y protección de los derechos sexuales y reproductivos, en condiciones de igualdad y de equidad de hombres y mujeres;
b. Garantizar a la población la atención más elevada en su salud sexual y reproductiva con el fin de que pueda adoptar decisiones responsables, libres de discriminación, coacciones o violencia;
c. Fomentar la salud sexual de la población y prevenir las infecciones de transmisión sexual, en especial del VIH-SIDA, e infecciones de transmisión materno-perinatal;
d. Organizar la prestación de servicios de salud de tal forma a orientar la planificación familiar, el control de la fecundidad, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y de transmisión materno-perinatal, la detección precoz de enfermedades de patología genito mamarias así como su efectivo tratamiento;
e. Reducir la morbilidad y mortalidad materno – infantil;
f. Potenciar la participación tanto del hombre como de la mujer, en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable;
g. Evitar los embarazos no deseados y/o de alto riesgo, mediante medidas de prevención basadas en la información y educación;
h. Fomentar la maternidad y paternidad responsables;
i. Propiciar espacios de discusión y concientización respecto a la salud sexual y reproductiva a la población y en especial a los jóvenes y adolescentes;
j. Garantizar a la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y reproducción responsable;
k. Promover y auspiciar la investigación en materia de salud sexual, salud reproductiva y salud materno perinatal así como la adecuada difusión a todos los sectores de la población;
l. Reducir la violencia y el abuso sexual de mujeres, niños y minorías sexuales.
Artículo 3.
Se reconoce el derecho de todas las personas a la educación, información y al acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva; por lo que esta ley beneficia a la población en general sin discriminación, adoptando para su aplicación los mecanismos necesarios para su eficaz implementación.
Se tendrá especial atención en el diseño de mecanismos para la difusión entre los adolescentes, la población en edad fértil y los grupos en situación de desventaja tales como las personas privadas de su libertad o aquellas en situación de riesgo de contraer enfermedades infecto contagiosas o transmisibles o de desarrollar patología genito mamarias.
Artículo 4.
Para los fines de la presente ley se entenderá por salud sexual el bienestar físico, psicológico y cultural en lo referente a la sexualidad como elemento del desarrollo pleno del ser humano, bajo los principios de libertad, igualdad y respeto en su ejercicio.
Artículo 5.
Se entenderá por salud reproductiva el libre y sano ejercicio de la vida sexual con libertad plena para procrear o no, cuando y con qué frecuencia, conociendo y optando por los métodos adecuados para implementar las decisiones personales realizadas, recomendados por personal médico capacitado y acordes a las convicciones, estado físico y psicológico de las personas.
CAPÍTULO II
De la Protección a la Salud Sexual y la Salud Reproductiva
Artículo 6.
Queda reconocido como derecho a la salud sexual, la realización plena de la sexualidad personal comprendida dentro de los principios de derecho a la autonomía e integridad; derecho a la privacidad y derecho a la libre opción sexual.
Queda abolida cualquier práctica que implique discriminación por razón del sexo, o de las preferencias sexuales.
Artículo 7.
La atención a la población se implementará reforzando la calidad y cobertura de los servicios abocados a la salud sexual y reproductiva, para lo cual los centros prestadores de servicios a la salud deberán:
a. Establecer un adecuado sistema de control de salud para la detección temprana de las enfermedades de transmisión sexual y patologías genito mamarias;
b. Realizar diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, de las enfermedades y patologías mencionadas en el inciso anterior;
c. Información y asesoramiento sobre los métodos anticonceptivos disponibles, su efectividad, sus contraindicaciones, sus efectos secundarios, ventajas y desventajas, y su adecuada utilización;
d. A pedido de los usuarios y sobre la base de estudios previos y permanentemente actualizados, prescribir y suministrar los métodos y elementos anticonceptivos acordes a cada situación, salvo contraindicación médica específica y respetando los criterios o convicciones de los destinatarios;
e. Efectuar controles previos, periódicos y posteriores a la recomendación y utilización del método anticonceptivo elegido y aplicado;
f. Efectivizar la orientación de las demandas referidas a infertilidad y esterilidad;
g. Diseñar programas de tratamiento integral de todas las afecciones relacionadas con la sexualidad y la reproducción, tales como disfunciones sexuales, infecciones de transmisión sexual, afecciones del aparato reproductor, complicaciones de la gestación y del parto e infertilidad, en sus aspectos físicos, psíquicos y sociales; y,
h. Prestar servicios oportunos, eficientes, adecuados y gratuitos para la atención de la salud, que permitan el ejercicio y disfrute pleno de la salud sexual; y la atención de disfunciones sexuales, infecciones de transmisión sexual, infecciones materno perinatal, afecciones del aparato reproductor, e infertilidad, en sus aspectos físicos, psíquicos y sociales.
Artículo 8.
La prescripción de cualquier método anticonceptivo requiere el libre consentimiento de la usuaria/o.
En caso de elección de métodos quirúrgicos e irreversibles de anticoncepción, será necesario información y asesoramiento, que asegure el estado de plena conciencia, y el conocimiento de los alcances, y las consecuencias de esta elección.
En estos casos será obligatorio el consentimiento escrito de la paciente que deberá ser mayor de edad. En casos de incapacidad, el consentimiento podrá ser del representante legal, que deberá contar con venia judicial.
Artículo 9.
El suministro y/o colocación de anticonceptivos serán de carácter gratuitos cuando el usuario no pueda sufragar su costo.
Los centros prestadores de servicios a la salud suministrarán tratamientos de fertilidad, seguros y eficaces, sin discriminación por razones de edad, sexo o condición económica. El tratamiento será gratuito cuando el/la usuario/a no pueda sufragar su costo.
CAPÍTULO III
De la Protección a la Salud materno perinatal
Artículo 10.
Se deberá realizar un chequeo médico a la mujer embarazada en su primera consulta, realizando todos los exámenes y análisis recomendados de tal forma a descartar cualquier tipo de anomalía o encaminadas a detectar precozmente cualquier complicación producto del estado de salud general de la madre, o de las condiciones generales del embarazo.
Artículo 11.
Tanto la mujer embarazada como el feto en gestación deberán recibir asistencia especializada en caso de detectarse alguna complicación o enfermedad durante el embarazo, debiéndosele informar sobre los riesgos de la anomalía o enfermedad, de tal forma a planificar estrategias especiales de prevención según la enfermedad presentada, incluida la prevención de transmisión vertical.
Artículo 12.
Durante el embarazo, el parto y el post parto, la mujer tiene derecho a:
a.) Una atención integral y personalizada, en base al respeto de su persona y su cultura, así como a la protección de su intimidad;
b.) Información detallada sobre las condiciones necesarias para llevar un embarazo saludable, sobre los beneficios del parto natural e información sobre los beneficios de la lactancia materna recibiendo apoyo para amamantar;
c) Explicaciones claras y precisas sobre la evolución de su estado como la de su hijo/a, así como a decidir libremente sobre las alternativas según la situación que se presente;
e.) No ser objeto de experimentación o investigación;
f.) Estar acompañada por la persona que ella designe en el transcurso del trabajo de parto y el momento del nacimiento, como así también en la internación;
h) Conservar a su lado a su hijo/a durante la permanencia en el centro de salud, salvo que por prescripción médica la criatura necesite cuidados especiales;
i.) Información sobre los cuidados que debe brindarse a sí misma y a su hijo/a, desde los cuidados básicos como el programa ideal de vacunación; y,
j.) No ser dada de alta del centro de asistencia médica, cuando exista riesgo sobre su salud o la de su hijo/a.
Artículo 13.
La persona recién nacida tendrá derecho a:
a. Una atención integral y personalizada, que incluya una identificación plena;
b. Permanecer al lado de su madre siempre que por mejor criterio médico no necesite cuidados especiales que hagan indispensable su traslado; y
c. Ser amamantado por su madre desde el primer momento.
CAPÍTULO IV
De los Centros Asistenciales de Salud
Artículo 14.
A más de lo estipulado en los artículos precedentes, el personal de los establecimientos médicos deberá informar obligatoriamente a las personas que recurran a ellos de todos los derechos que esta ley les concede.
En la prestación de estos servicios se tendrá en cuenta la primacía del respeto a la dignidad de la persona humana, la aplicación de los principios de la ética médica y las condiciones diferenciales de mujeres y hombres en cuanto a su salud sexual y reproductiva.
Artículo 15.
Los servicios de salud, tanto del sistema público como del privado, incorporarán a sus coberturas las disposiciones de esta ley en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones.
Artículo 16.
El Instituto de Previsión Social (I.P.S.) dotará dentro del centro de suministro de medicamentos e insumos, anticonceptivos suficientes en sus diversas variedades, que otorgará de manera gratuita a los asegurados que lo requieran, quedando sus funcionarios especialmente obligados a las disposiciones de esta ley.
Los funcionarios del Instituto facilitarán las orientaciones referentes tanto al uso como a la adecuada provisión de los anticonceptivos adecuados y prescriptos para cada asegurado en particular, de manera personalizada y clara.
Artículo 17.
Los centros asistenciales públicos de salud brindarán capacitación permanente en salud sexual y reproductiva con perspectiva de género al personal encargado de la prestación de dichos servicios.
CAPÍTULO V
De la Educación, Formación y Difusión
Artículo 18.
Las autoridades competentes deberán coordinar y aunar esfuerzos tendientes a lograr el pleno ejercicio del derecho a la información sexual basada en el conocimiento científico, así como el derecho a la educación sexual integral, con herramientas especialmente diseñadas según el grupo humano a quien se destine, en razón a la edad y formación, con especial hincapié en aquellos dirigidos a la parte de la población en edad fértil y a los grupos con mayores riesgos de contraer enfermedades infecto contagiosas o transmisibles o de desarrollar patologías genito mamarias.
Artículo 19.
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura y las Municipalidades tendrán a su cargo la capacitación y formación de agentes aptos para:
a. ) Diseñar e implementar políticas públicas de educación sexual y reproducción responsable en la comunidad educativa y barrial;
b. ) Promover la inclusión curricular de las mencionadas políticas y del contenido del presente Programa en los centros educativos públicos y privados, asimismo, se fomentará la educación y capacitación orientadora en salud sexual y reproductiva al personal docente;
c. ) Fortalecer y mejorar los recursos barriales y comunitarios a fin de educar, asesorar y cubrir todos los niveles de prevención de enfermedades de transmisión sexual, en especial del VIH / SIDA y las patologías genito mamarias; y,
d. ) Brindar especial contención, en cuanto a información, prevención y tratamiento, tanto a los grupos con mayores riesgos de contraer las enfermedades como a los de desarrollar las patologías mencionadas en el inciso anterior.
Artículo 20.
Las políticas públicas mencionadas en los incisos a y b del artículo anterior, deberán incluir los siguientes contenidos:
a. ) Información sobre prevención de enfermedades de transmisión sexual en especial del VIH / SIDA;
b. ) Información completa y adecuada sobre métodos anticonceptivos, su efectividad y contraindicaciones, así como su correcta utilización para cada caso particular;
c. ) Información sobre la detección precoz de las enfermedades de transmisión sexual y de las patologías genito mamarias;
d. ) Equidad de género;
e. ) Conducta sexual responsable de hombres y mujeres; y,
f. ) Prevención del maltrato y de la violencia contra las mujeres, niños y niñas.
CAPÍTULO VI
Disposiciones finales
Artículo 21.
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social velará por el cumplimiento efectivo de las disposiciones de la presente ley, debiendo contemplar la distribución de recursos con criterios de equidad.
En los casos que lo requieran deberá tomar en cuenta, respecto a la distribución de recursos, los indicadores de número de nacidos vivos, mortalidad infantil y necesidades básicas insatisfechas de cada región.
Artículo 22.
El gasto que demande el cumplimiento del programa para el sector público se imputará al Ministerio de Salud Público y Bienestar Social, del Presupuesto General de Gastos de la Nación.
Artículo 23.
El incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley, será considerado falta grave a los fines sancionatorios, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder.
Artículo 24.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
1.2.1 Diversidad sexualLa diversidad sexual es el fenómeno por el cual una especie animal presenta individuos de diferentes sexos, identidades sexuales y orientaciones sexuales.
Habitualmente este término se usa para referirse a la diversidad dentro de la orientación sexual; de hecho, habitualmente se usa una clasificación simple de cuatro orientaciones: heterosexual, homosexual, Transexual y bisexual; sin embargo, según diversas teorías de la sexología, como la teoría de Kinsey y la queer, esta clasificación resulta insuficiente para describir la complejidad de la sexualidad en la especie humana y también en otras especies animales según diversas investigaciones etológicas. Es decir, por ejemplo pueden encontrarse sexualidades que se situarían entre las anteriores clasificaciones:
Según la sexología, y en especial la de la especie humana, la diversidad sexual incluye también a todas las formas de identidad sexual, tanto si son definidas como indefinidas (teoría queer). En este sentido, socialmente se reivindica la aceptación de cualquier forma de ser, con iguales derechos, libertades y oportunidades, dentro del marco de los derechos humanos.
La población lésbico-gay-bisexual-transgénero (LGBT) suele aprovechar las jornadas del orgullo gay para reivindicar la visibilidad de la diversidad sexual.
El día 28 de junio se celebra, desde hace varios años, el Día Mundial de la Diversidad Sexual.
http://es.wikipedia.org/wiki/Diversidad_sexual
1.2.2 Educación sexual
Ante la necesidad de reformas educativas en la década de 1930, se llevo a cabo una campaña anticlerical, que se relaciono con la educación socialista. No solo se trataba de evitar que las escuelas hicieran propaganda religiosa, sino también, se procuraba que la explicación de la vida se basara en conceptos y actividades alejadas de toda creencia religiosa.
En los anos 40’s se propuso que la educación primaria tuviera las siguientes características: obligatoria, única, coeducativa {educación mixta}, científica, desfanatizante y emancipadora. Se trato de organizar el ciclo de primaria, de tal manera que pudieran impartirse todos los grados, ya que en términos generales las escuelas rurales solo abarcaban hasta el 4° grado.
En 1932, el Secretario de Educación: Narciso Bassols, introdujo diversas reformas en la enseñanza media. La sociedad mexicana de eugenesia sometió a la consideración de la Secretaria de Educación Publica unas bases para la implantación de la educación sexual en las escuelas. El secretario turno el proyecto a la comisión técnica consultiva, lo que después de estudio detenido rindió un dictamen cuya conclusión fue:
"La educación sexual debe impartirse desde el 3er. Ciclo de la escuela primaria y en alguno o en algunos grados de la escuela secundaria."
La publicación de este dictamen en los periódicos, dio motivo a que la prensa nacional se ocupara del asunto y a que varias agrupaciones manifestaran su opinión. Algunas opiniones fueron favorables; pero otras, especialmente las provenientes de instituciones o personas de filiación religiosa o reaccionaria, se manifestaron opuestas al asunto, distinguiéndose por su injusto apasionamiento y por la tendencia a falsear los aspectos en cuestión.
La sociedad mexicana de eugenesia, diserto ampliamente y con razonamiento sobre la materia, llegando a las siguientes conclusiones:
1ª. Lúchese porque la S.E.P. y los gobiernos de los estados establezcan:
3ª. A los niños de 7 a 11 años de edad, deberían dárseles mayores conocimientos sobre reproducción de plantas y animales, así como impartirles nociones sobre parasitología.
4ª. A los jóvenes de 12 a 16 años, deberán impartírseles nociones de embriología, mayores conocimientos de la reproducción de los reinos vegetal y animal, nociones de los órganos sexuales y prevención de las enfermedades venéreas.
5ª. Para los jóvenes de 17 a 21 años, mayores conocimientos de embriología, funciones del aparato reproductor, higiene en el matrimonio y prevención de las enfermedades venéreas.
6ª. Pídanse sean retirados los libros de texto de ciencias naturales que no traten de la embriología y la forma de reproducción de plantas y animales, por no llenar su misión educativa en la enseñanza científica del alumno.
7ª. Que la S.E.P. y los gobiernos estatales abran cursos de higiene y moral sexuales, los que estarán encomendados a capacitar a los maestros con objeto de preparar buenos educadores para el futuro.
El dictamen sobre educación sexual producido por la comisión técnica consultiva de la S.E.P., subraya el desconocimiento que los adultos, aun padres de familia con vasta cultura, tuvieron de la vida infantil y adolescente; puso de manifiesto, además, hasta que grado influyó las pasiones partididaristas para resolver problemas que por su trascendencia debieron juzgarse en un plano superior de serenidad.
Las replicas que al dictamen aludido hicieron las personas y asociaciones, ya desde la prensa o la tribuna, se caracterizaron por la falta de solidez en sus argumentaciones, citaremos algunas con las cuales se pretendió demostrar la inconveniencia de impartir la educación sexual en las escuelas:
1ª. La educación sexual no es necesaria, dijo el presidente de la sociedad unión de padres de familia, ya que en los 10 mil años de vida que tiene la humanidad, esta ha podido progresar biológicamente, sin necesidad de tal educación.
2ª. La educación sexual, cualesquiera que sean los beneficios que reporte, no compensara la perdida de pudor, que trae consigo. Los asuntos sexuales dichos al oído por no importa que persona y cualquiera que sea la forma, causan menos daño que el que causaran expuestos en forma científica por los maestros.
3ª. La educación sexual no debe ser impartida por los maestros, dada su ignorancia y falta de preparación; especial tarea tan delicada solo puede ser encomendada al confesor.
4ª. Los daños que causa la educación sexual son irreparables, ya que ni dios mismo puede devolver la inocencia al niño que la ha perdido.
5ª. Es tan corto el numero de lesionados o degenerados por falta de educación sexual, que no amerita aceptar los incalculables riesgos de esta.
6ª. No debe ser colectiva, para que los educandos no se pierdan entre sí el mutuo respeto que se deben. En consecuencia la educación sexual debe ser individual.
7ª. La implantación de la educación sexual, es una maniobra para pervertir a la niñez, corromper a la familia, destruir el hogar e implantar el comunismo.
En los 40s se revirtieron diversas tendencias políticas, se estimulo la iniciativa privada para que esta ofreciera educación primaria a través de sus propias escuelas. En 1950 y 1960, se encomendó la revisión de los programas vigentes hasta entonces en la educación primaria.
A principios de la década de 1970, se introdujeron importantes reformas en el nivel primario. Los criterios consistieron en que la educación debe fomentar una actitud científica, que desarrolle la capacidad de registrar, examinar y formular juicios ajenos a todo dogmatismo; así como una conciencia histórica, por lo cual todo debe verse como sujeto a revisión y reelaboracion.
Algunas Definiciones.
Para tener un concepto mas claro de la importancia de la educación sexual es conveniente definir algunos términos, por ejemplo:
Se considera a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, esto permite al individuo rendir servicios de calidad. La higiene es la ciencia que preserva la salud, la cual atiende a la familia, a la comunidad; por lo que se estudia desde higiene personal, mental y sexual.
Se obtendrá evidentemente una salud mejor, no por la simple adquisición de conocimientos de higiene, sino por su aplicación. La salud depende, no de lo que sabe, sino de lo que se hace; se conserva gracias a una manera sana de vivir, a un régimen higiénico constante y haciendo lo que se debe, no simplemente pensándolo, deseándolo o sabiéndolo.
Sexo es el conjunto de características biológicas o rasgos anatómicos y fisiológicos que diferencian al hombre de la mujer.
Sexualidad comprende, además de los aspectos biológicos del rol sexual que determina la identidad, todas las manifestaciones del estimulo sexual y las normas sociales, religiosas y jurídicas que las regulan o castigan.
La sexualidad humana comprende un conjunto de fenómenos psicosociologicos de gran importancia para la persona y para la sociedad. Se halla además, vinculada a la afectividad y a los valores, ampliando su esfera mas allá de la función reproductora y de la mera genitalidad y quedando englobada en el ámbito más amplio del erotismo.
En nuestra cultura la información relativa a la sexualidad y su valoración se reciben con mucha frecuencia distorsionados durante el proceso de socialización. Muchas veces las normas en este campo son contradictorias y confusas y, en el ser humano, la sexualidad se combina con otros factores psicológicos no estrictamente sexuales, como la visión que uno tiene de sí mismos, la valoración de los demás en este terreno, etc. El comportamiento sexual humano viene determinado tanto por factores biológicos como culturales.
El hecho de que sea necesario no sólo sentirse miembro de una determinada sociedad, sino también sentirse ser sexuado y como miembro de un sexo y no del otro, condiciona el desarrollo del niño y puede producir individuos que se encuentren marginados, fuera de lugar en su sociedad. Es clara en nuestra sociedad la existencia de una división de actitudes según el sexo. La sexualidad, así entendida, no es solo un componente mas de la personalidad, sino la forma general en que el individuo se manifiesta así mismo y ante los demás como perteneciente a una determinada clase de su especie.
Existe pues, un peligro real de trastornar el desarrollo normal hacia la maduración biopsiquica de la sexualidad; durante el proceso de socialización pueden generarse actividades inadecuadas, temores, insatisfacciones y desconcierto que alteren el funcionamiento psicosexual sano y maduro de la persona y den lugar a conductas sexuales desajustadas.
La educación sexual trata de impartir una información progresiva y adecuada de lo que es la sexualidad humana para su formación, tanto en lo biológico como en lo afectivo-social. Debe perseguir la realización de una sexualidad plena y madura que permita al individuo una comunicación equilibrada con el otro sexo, dentro de un contexto de afectividad y responsabilidad.
Valorización integral del sexo: la raíz biológica del ser humano es bisexual: hombre y mujer. La sexualidad es una forma de ser y manifestarse de lo humano. En el ámbito sexual las principales características son:
Educación afectivo sexual: es indispensable que el niño reciba amor para poder darlo. Las primeras experiencias maternas (pecho, caricias, alegría, ternura, etc.) Son esenciales para la vida futura. La ayuda al niño para que integre su propio sexo es fundamental. El desarrollo libre de su motricidad y de experiencias e iniciativas personales va a condicionar una sexualidad sana, así como el establecimiento de unas relaciones paterno/filiales.
Información sexual: es un aspecto de la educación sexual que consiste en contestar con verdad, sencillez y precisión a las preguntas que realizan los niños y en proporcionarles los conocimientos adecuados a su edad. Los modos de información pueden ser:
Otros canales de socialización y educadores de la sexualidad son:
La religión, los amigos, los medios de comunicación masivos, y las leyes.
Normas de higiene.
A través de la historia se ha demostrado que en muchos pueblos, la educación sexual ha sido prohibida, mala e indebida. Hablar de sexo es todavía para muchas personas, despertar a los jóvenes adolescentes ideas y pensamientos malsanos y creen que el callar y no mencionar temas sexuales dejan de existir los problemas relativos a ello.
Es curiosa la costumbre de algunas familias de asombrarse y preocuparse demasiado para evitar por todos los medios posibles tratar temas de amor. El amor existe en todos los periodos de la vida, el amor existe en el hogar, en la escuela, en la sociedad; sin amor las relaciones humanas serían insoportables.
Es preciso hacer notar que la pubertad y la adolescencia son períodos consecuentes de un desarrollo normal y que además de los cambios físicos y funcionales, se presenta la madurez de los órganos sexuales.
La madurez sexual permite al ser, proyectarse ante la sociedad en forma muy especial y diferente a la conducta observada en la infancia y con los adultos.
Los cambios físicos del adolescente le ayudan a afirmarse y a tener conciencia del sexo. Es cuando las personas del sexo opuesto se identifican y la atracción por el sexo contrario se manifiestan y se intensifica.
Evitar la educación sexual puede causar trastornos y anormalidades, debe orientarse oportunamente a los adolescentes y jóvenes, proporcionando lecturas adecuadas; organizarles conferencias, seminarios, pláticas familiares para proyectar su inquietud y tener la oportunidad de transmitir valores higiénicos sobre la necesidad de conocer y de comprender que el proceso de la madurez sexual es algo natural, regular y sano.
Las personas encargadas deben tener un amplio respeto hacia los sentimientos d elos jóvenes y expresarse con sinceridad, sin mentiras ni prejuicios, ya que loss ecretos y las cosas ocultas sólo pueden crear curiosidad y malicia.
En las relaciones de adolescentes se observa la inclinación de amistad, cariño y comprensión entre seres del mismo sexo las que adquieren un vigoroso aspecto, lo que debe atenderse con la sutileza necesaria para los dos sexos.
Una educación bien orientada, debe conducir estas relaciones hacia metas de protección mutuas que fomente el espíritu de compañerismo para convivencia más humana.
En los niveles de educación se trata de generalizar la "coeducación" como un medio que permite la convivencia en un ambiente sano entre personas mentalmente sanas, sin malicia comparten las tareas comunes, juntos determinan deberes en el salón de clase y desarrollan su espíritu de cooperación que los capacita y les da bastante fuerza para evitar y eliminar sentimientos de egoísmo y de malos tratos al sexo opuesto.
Esta demostrado que muchas personas que por falta de experiencias plenas en su vida se sienten frustradas a cierta edad por problemas de tipo sexual o por preocupaciones emocionales de otra índole, pero siempre confiadas en encontrar a alguien capaz de provocar amor, comprensión y ayuda para disminuir esas tensiones de tipo sexual.
Mucha gente tiene temores o sentimientos de culpa sobre el sexo y la conducta sexual que se manifiesta en confusiones y desajustes en otras actividades.
La madurez y la realización de la vida sexual, debe considerarse como una forma positiva de apoyar nuestras acciones y deseo de construir en bases firmes nuestras relaciones interpersonales.
La vida sexual de los adultos debe ser como un libro que ayude a los que tienen problemas de este tipo. La tensión sexual es una fuerza que debe manifestarse en al necesidad imperiosa de atender las necesidades de los otros, de proteger a nuestros semejantes, de contribuir a un éxito social general y a una sensación de bienestar. De no proyectarse en esa forma puede ocasionar sentimientos de soledad, ansiedad y perturbaciones.
Los conflictos sobre el sexo no son los únicos que contribuyen a una mala adaptación, pero so básicos en ciertos medios y edades. Es importante descubrir que la abundante ignorancia en los terrenos del sexo y la alta frecuencia de excesivas inhibiciones sobre la conducta que debe asumirse en las relaciones heterosexuales y la necesidad de alivio de las tensiones sexuales, convierten a estos problemas en las causas más comunes de sentimientos de incapacidad, a búsquedas desviadas de caminos que conducen a relaciones insatisfechas, conflictivas y poco soportables para los demás.
Una salida para estos problemas sexuales sería la creación de una educación sensata con programas y normas reales ajustados a una organización social culta y sin prejuicios.
La educación sexual bien planeada debe orientar a los jóvenes sobre los procesos de desarrollo y de madurez sexual con un alto criterio sobre el sexo y conducir al adolescente a aceptar conscientemente (no por instinto) los modos elevados de satisfacer a la edad oportuna sus inquietudes y convertir esa relación humana en asuntos deseables para establecer la salud mental
http://www.monografias.com/trabajos/edusex/edusex.shtml
1.3 Ejercicio responsable de las relaciones sexuales
Habitualmente este término se usa para referirse a la diversidad dentro de la orientación sexual; de hecho, habitualmente se usa una clasificación simple de cuatro orientaciones: heterosexual, homosexual, Transexual y bisexual; sin embargo, según diversas teorías de la sexología, como la teoría de Kinsey y la queer, esta clasificación resulta insuficiente para describir la complejidad de la sexualidad en la especie humana y también en otras especies animales según diversas investigaciones etológicas. Es decir, por ejemplo pueden encontrarse sexualidades que se situarían entre las anteriores clasificaciones:
- Entre heterosexual y bisexual: preferentemente heterosexual o heteroflexible.
- Entre homosexual y bisexual: preferentemente homosexual u homoflexible.
Según la sexología, y en especial la de la especie humana, la diversidad sexual incluye también a todas las formas de identidad sexual, tanto si son definidas como indefinidas (teoría queer). En este sentido, socialmente se reivindica la aceptación de cualquier forma de ser, con iguales derechos, libertades y oportunidades, dentro del marco de los derechos humanos.
La población lésbico-gay-bisexual-transgénero (LGBT) suele aprovechar las jornadas del orgullo gay para reivindicar la visibilidad de la diversidad sexual.
El día 28 de junio se celebra, desde hace varios años, el Día Mundial de la Diversidad Sexual.
http://es.wikipedia.org/wiki/Diversidad_sexual
1.2.2 Educación sexual
Ante la necesidad de reformas educativas en la década de 1930, se llevo a cabo una campaña anticlerical, que se relaciono con la educación socialista. No solo se trataba de evitar que las escuelas hicieran propaganda religiosa, sino también, se procuraba que la explicación de la vida se basara en conceptos y actividades alejadas de toda creencia religiosa.
En los anos 40’s se propuso que la educación primaria tuviera las siguientes características: obligatoria, única, coeducativa {educación mixta}, científica, desfanatizante y emancipadora. Se trato de organizar el ciclo de primaria, de tal manera que pudieran impartirse todos los grados, ya que en términos generales las escuelas rurales solo abarcaban hasta el 4° grado.
En 1932, el Secretario de Educación: Narciso Bassols, introdujo diversas reformas en la enseñanza media. La sociedad mexicana de eugenesia sometió a la consideración de la Secretaria de Educación Publica unas bases para la implantación de la educación sexual en las escuelas. El secretario turno el proyecto a la comisión técnica consultiva, lo que después de estudio detenido rindió un dictamen cuya conclusión fue:
"La educación sexual debe impartirse desde el 3er. Ciclo de la escuela primaria y en alguno o en algunos grados de la escuela secundaria."
La publicación de este dictamen en los periódicos, dio motivo a que la prensa nacional se ocupara del asunto y a que varias agrupaciones manifestaran su opinión. Algunas opiniones fueron favorables; pero otras, especialmente las provenientes de instituciones o personas de filiación religiosa o reaccionaria, se manifestaron opuestas al asunto, distinguiéndose por su injusto apasionamiento y por la tendencia a falsear los aspectos en cuestión.
La sociedad mexicana de eugenesia, diserto ampliamente y con razonamiento sobre la materia, llegando a las siguientes conclusiones:
1ª. Lúchese porque la S.E.P. y los gobiernos de los estados establezcan:
- Aplicación de las leyes biológicas que contribuyen al perfeccionamiento de la especie humana.
- En sus programas educacionales las clases de higiene y moral sexuales como obligatorios en las escuelas oficiales y particulares.
3ª. A los niños de 7 a 11 años de edad, deberían dárseles mayores conocimientos sobre reproducción de plantas y animales, así como impartirles nociones sobre parasitología.
4ª. A los jóvenes de 12 a 16 años, deberán impartírseles nociones de embriología, mayores conocimientos de la reproducción de los reinos vegetal y animal, nociones de los órganos sexuales y prevención de las enfermedades venéreas.
5ª. Para los jóvenes de 17 a 21 años, mayores conocimientos de embriología, funciones del aparato reproductor, higiene en el matrimonio y prevención de las enfermedades venéreas.
6ª. Pídanse sean retirados los libros de texto de ciencias naturales que no traten de la embriología y la forma de reproducción de plantas y animales, por no llenar su misión educativa en la enseñanza científica del alumno.
7ª. Que la S.E.P. y los gobiernos estatales abran cursos de higiene y moral sexuales, los que estarán encomendados a capacitar a los maestros con objeto de preparar buenos educadores para el futuro.
El dictamen sobre educación sexual producido por la comisión técnica consultiva de la S.E.P., subraya el desconocimiento que los adultos, aun padres de familia con vasta cultura, tuvieron de la vida infantil y adolescente; puso de manifiesto, además, hasta que grado influyó las pasiones partididaristas para resolver problemas que por su trascendencia debieron juzgarse en un plano superior de serenidad.
Las replicas que al dictamen aludido hicieron las personas y asociaciones, ya desde la prensa o la tribuna, se caracterizaron por la falta de solidez en sus argumentaciones, citaremos algunas con las cuales se pretendió demostrar la inconveniencia de impartir la educación sexual en las escuelas:
1ª. La educación sexual no es necesaria, dijo el presidente de la sociedad unión de padres de familia, ya que en los 10 mil años de vida que tiene la humanidad, esta ha podido progresar biológicamente, sin necesidad de tal educación.
2ª. La educación sexual, cualesquiera que sean los beneficios que reporte, no compensara la perdida de pudor, que trae consigo. Los asuntos sexuales dichos al oído por no importa que persona y cualquiera que sea la forma, causan menos daño que el que causaran expuestos en forma científica por los maestros.
3ª. La educación sexual no debe ser impartida por los maestros, dada su ignorancia y falta de preparación; especial tarea tan delicada solo puede ser encomendada al confesor.
4ª. Los daños que causa la educación sexual son irreparables, ya que ni dios mismo puede devolver la inocencia al niño que la ha perdido.
5ª. Es tan corto el numero de lesionados o degenerados por falta de educación sexual, que no amerita aceptar los incalculables riesgos de esta.
6ª. No debe ser colectiva, para que los educandos no se pierdan entre sí el mutuo respeto que se deben. En consecuencia la educación sexual debe ser individual.
7ª. La implantación de la educación sexual, es una maniobra para pervertir a la niñez, corromper a la familia, destruir el hogar e implantar el comunismo.
En los 40s se revirtieron diversas tendencias políticas, se estimulo la iniciativa privada para que esta ofreciera educación primaria a través de sus propias escuelas. En 1950 y 1960, se encomendó la revisión de los programas vigentes hasta entonces en la educación primaria.
A principios de la década de 1970, se introdujeron importantes reformas en el nivel primario. Los criterios consistieron en que la educación debe fomentar una actitud científica, que desarrolle la capacidad de registrar, examinar y formular juicios ajenos a todo dogmatismo; así como una conciencia histórica, por lo cual todo debe verse como sujeto a revisión y reelaboracion.
Algunas Definiciones.
Para tener un concepto mas claro de la importancia de la educación sexual es conveniente definir algunos términos, por ejemplo:
Se considera a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, esto permite al individuo rendir servicios de calidad. La higiene es la ciencia que preserva la salud, la cual atiende a la familia, a la comunidad; por lo que se estudia desde higiene personal, mental y sexual.
Se obtendrá evidentemente una salud mejor, no por la simple adquisición de conocimientos de higiene, sino por su aplicación. La salud depende, no de lo que sabe, sino de lo que se hace; se conserva gracias a una manera sana de vivir, a un régimen higiénico constante y haciendo lo que se debe, no simplemente pensándolo, deseándolo o sabiéndolo.
Sexo es el conjunto de características biológicas o rasgos anatómicos y fisiológicos que diferencian al hombre de la mujer.
Sexualidad comprende, además de los aspectos biológicos del rol sexual que determina la identidad, todas las manifestaciones del estimulo sexual y las normas sociales, religiosas y jurídicas que las regulan o castigan.
La sexualidad humana comprende un conjunto de fenómenos psicosociologicos de gran importancia para la persona y para la sociedad. Se halla además, vinculada a la afectividad y a los valores, ampliando su esfera mas allá de la función reproductora y de la mera genitalidad y quedando englobada en el ámbito más amplio del erotismo.
En nuestra cultura la información relativa a la sexualidad y su valoración se reciben con mucha frecuencia distorsionados durante el proceso de socialización. Muchas veces las normas en este campo son contradictorias y confusas y, en el ser humano, la sexualidad se combina con otros factores psicológicos no estrictamente sexuales, como la visión que uno tiene de sí mismos, la valoración de los demás en este terreno, etc. El comportamiento sexual humano viene determinado tanto por factores biológicos como culturales.
El hecho de que sea necesario no sólo sentirse miembro de una determinada sociedad, sino también sentirse ser sexuado y como miembro de un sexo y no del otro, condiciona el desarrollo del niño y puede producir individuos que se encuentren marginados, fuera de lugar en su sociedad. Es clara en nuestra sociedad la existencia de una división de actitudes según el sexo. La sexualidad, así entendida, no es solo un componente mas de la personalidad, sino la forma general en que el individuo se manifiesta así mismo y ante los demás como perteneciente a una determinada clase de su especie.
Existe pues, un peligro real de trastornar el desarrollo normal hacia la maduración biopsiquica de la sexualidad; durante el proceso de socialización pueden generarse actividades inadecuadas, temores, insatisfacciones y desconcierto que alteren el funcionamiento psicosexual sano y maduro de la persona y den lugar a conductas sexuales desajustadas.
La educación sexual trata de impartir una información progresiva y adecuada de lo que es la sexualidad humana para su formación, tanto en lo biológico como en lo afectivo-social. Debe perseguir la realización de una sexualidad plena y madura que permita al individuo una comunicación equilibrada con el otro sexo, dentro de un contexto de afectividad y responsabilidad.
Valorización integral del sexo: la raíz biológica del ser humano es bisexual: hombre y mujer. La sexualidad es una forma de ser y manifestarse de lo humano. En el ámbito sexual las principales características son:
- No empieza y termina en el mismo individuo, sino que se proyecta en otra persona.
- Puede trascender mas allá de dos individuos con el fruto de un nuevo ser.
Educación afectivo sexual: es indispensable que el niño reciba amor para poder darlo. Las primeras experiencias maternas (pecho, caricias, alegría, ternura, etc.) Son esenciales para la vida futura. La ayuda al niño para que integre su propio sexo es fundamental. El desarrollo libre de su motricidad y de experiencias e iniciativas personales va a condicionar una sexualidad sana, así como el establecimiento de unas relaciones paterno/filiales.
Información sexual: es un aspecto de la educación sexual que consiste en contestar con verdad, sencillez y precisión a las preguntas que realizan los niños y en proporcionarles los conocimientos adecuados a su edad. Los modos de información pueden ser:
- No verbal, que se realiza al contemplar espontáneamente las diferencias sexuales entre padre y hermanos.
- Verbal familiar, que es efectiva cuando se informa adaptándose a la edad, se responde sin ir mucho más lejos de lo que el niño solicita y se asigna a cada cosa su nombre correcto.
- Científica, es una instrucción sistemática y programada, cuyos contenidos básicos serian el aparato reproductor, la higiene sexual y los aspectos psicobiologicos de la relación y complementacion humana.
Otros canales de socialización y educadores de la sexualidad son:
La religión, los amigos, los medios de comunicación masivos, y las leyes.
Normas de higiene.
A través de la historia se ha demostrado que en muchos pueblos, la educación sexual ha sido prohibida, mala e indebida. Hablar de sexo es todavía para muchas personas, despertar a los jóvenes adolescentes ideas y pensamientos malsanos y creen que el callar y no mencionar temas sexuales dejan de existir los problemas relativos a ello.
Es curiosa la costumbre de algunas familias de asombrarse y preocuparse demasiado para evitar por todos los medios posibles tratar temas de amor. El amor existe en todos los periodos de la vida, el amor existe en el hogar, en la escuela, en la sociedad; sin amor las relaciones humanas serían insoportables.
Es preciso hacer notar que la pubertad y la adolescencia son períodos consecuentes de un desarrollo normal y que además de los cambios físicos y funcionales, se presenta la madurez de los órganos sexuales.
La madurez sexual permite al ser, proyectarse ante la sociedad en forma muy especial y diferente a la conducta observada en la infancia y con los adultos.
Los cambios físicos del adolescente le ayudan a afirmarse y a tener conciencia del sexo. Es cuando las personas del sexo opuesto se identifican y la atracción por el sexo contrario se manifiestan y se intensifica.
Evitar la educación sexual puede causar trastornos y anormalidades, debe orientarse oportunamente a los adolescentes y jóvenes, proporcionando lecturas adecuadas; organizarles conferencias, seminarios, pláticas familiares para proyectar su inquietud y tener la oportunidad de transmitir valores higiénicos sobre la necesidad de conocer y de comprender que el proceso de la madurez sexual es algo natural, regular y sano.
Las personas encargadas deben tener un amplio respeto hacia los sentimientos d elos jóvenes y expresarse con sinceridad, sin mentiras ni prejuicios, ya que loss ecretos y las cosas ocultas sólo pueden crear curiosidad y malicia.
En las relaciones de adolescentes se observa la inclinación de amistad, cariño y comprensión entre seres del mismo sexo las que adquieren un vigoroso aspecto, lo que debe atenderse con la sutileza necesaria para los dos sexos.
Una educación bien orientada, debe conducir estas relaciones hacia metas de protección mutuas que fomente el espíritu de compañerismo para convivencia más humana.
En los niveles de educación se trata de generalizar la "coeducación" como un medio que permite la convivencia en un ambiente sano entre personas mentalmente sanas, sin malicia comparten las tareas comunes, juntos determinan deberes en el salón de clase y desarrollan su espíritu de cooperación que los capacita y les da bastante fuerza para evitar y eliminar sentimientos de egoísmo y de malos tratos al sexo opuesto.
Esta demostrado que muchas personas que por falta de experiencias plenas en su vida se sienten frustradas a cierta edad por problemas de tipo sexual o por preocupaciones emocionales de otra índole, pero siempre confiadas en encontrar a alguien capaz de provocar amor, comprensión y ayuda para disminuir esas tensiones de tipo sexual.
Mucha gente tiene temores o sentimientos de culpa sobre el sexo y la conducta sexual que se manifiesta en confusiones y desajustes en otras actividades.
La madurez y la realización de la vida sexual, debe considerarse como una forma positiva de apoyar nuestras acciones y deseo de construir en bases firmes nuestras relaciones interpersonales.
La vida sexual de los adultos debe ser como un libro que ayude a los que tienen problemas de este tipo. La tensión sexual es una fuerza que debe manifestarse en al necesidad imperiosa de atender las necesidades de los otros, de proteger a nuestros semejantes, de contribuir a un éxito social general y a una sensación de bienestar. De no proyectarse en esa forma puede ocasionar sentimientos de soledad, ansiedad y perturbaciones.
Los conflictos sobre el sexo no son los únicos que contribuyen a una mala adaptación, pero so básicos en ciertos medios y edades. Es importante descubrir que la abundante ignorancia en los terrenos del sexo y la alta frecuencia de excesivas inhibiciones sobre la conducta que debe asumirse en las relaciones heterosexuales y la necesidad de alivio de las tensiones sexuales, convierten a estos problemas en las causas más comunes de sentimientos de incapacidad, a búsquedas desviadas de caminos que conducen a relaciones insatisfechas, conflictivas y poco soportables para los demás.
Una salida para estos problemas sexuales sería la creación de una educación sensata con programas y normas reales ajustados a una organización social culta y sin prejuicios.
La educación sexual bien planeada debe orientar a los jóvenes sobre los procesos de desarrollo y de madurez sexual con un alto criterio sobre el sexo y conducir al adolescente a aceptar conscientemente (no por instinto) los modos elevados de satisfacer a la edad oportuna sus inquietudes y convertir esa relación humana en asuntos deseables para establecer la salud mental
http://www.monografias.com/trabajos/edusex/edusex.shtml
1.3 Ejercicio responsable de las relaciones sexuales
Se cree que hay mayor apertura y libertad en el ejercicio de la sexualidad, pero al mismo tiempo aumenta el número de embarazos no deseados y enfermedades.
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